¿Pueden los matrimonios tener exenciones de vivienda separadas?
El Tribunal de Apelaciones del Segundo Distrito ha dictaminado recientemente sobre el caso de Wells v. Haldeos del Condado de Pasco, desafiando la idea de que las parejas casadas nunca pueden tener exenciones de vivienda separadas. El tribunal decidió que en circunstancias específicas, donde el esposo y la esposa han establecido genuinamente dos residencias permanentes separadas y no comparten lazos financieros ni beneficios, cada uno puede ser elegible para una exención de vivienda si cumplen con los otros requisitos.
Propiedad Conjunta y Exenciones de Vivienda
¿Puede alguien recibir una exención de vivienda en su propiedad de Florida si él o su cónyuge ya se benefician de una exención similar en una propiedad de otro estado que poseen conjuntamente? La respuesta es no. Según Fla. Stat. 196.031(6), si una persona recibe una exención de impuestos ad valorem en otro estado basada en la residencia permanente, no tiene derecho a una exención de vivienda en Florida. Por lo tanto, si su cónyuge tiene una exención de impuestos basada en la residencia en otro estado, y su nombre está en esa propiedad, probablemente se le negará la exención de vivienda en Florida.
¿Pero qué pasa si su nombre no está en la propiedad fuera del estado de su cónyuge? Esta situación es más complicada. Algunos condados aún podrían negarle la exención de vivienda en Florida, argumentando que se beneficia indirectamente de la exención de su cónyuge. En otros condados, podría tener una oportunidad, pero aún debe considerar la disposición de «unidad familiar» de la Constitución de Florida.
La Regla de «Una Exención por Unidad Familiar»
Desde 1968, la Constitución de Florida ha establecido que solo se permite una exención de vivienda por individuo o unidad familiar. La propuesta original era limitar la exención a uno por individuo o pareja casada, pero la versión final utiliza el término «unidad familiar.» Esto ha llevado a especulaciones sobre qué constituye una unidad familiar. Aunque ningún tribunal de apelaciones ha abordado este tema, la oficina del Fiscal General y varios tribunales de primera instancia de Florida han proporcionado algunas orientaciones sobre si y cuándo una pareja casada puede reclamar exenciones de vivienda separadas.
Orientación del Fiscal General
En respuesta a preguntas de los Tasadores de Propiedades de Florida, el Fiscal General ha emitido opiniones consultivas, que, aunque no son vinculantes, tienen cierto peso. Las Opiniones 075-146 y 2005-60 sugieren que un esposo y una esposa pueden establecer unidades familiares separadas y recibir exenciones de vivienda separadas. El Fiscal General indicó que la interdependencia financiera es un factor clave; si un cónyuge mantiene el hogar del otro, probablemente no se considerarían unidades familiares separadas.
Perspectivas de los Tribunales de Primera Instancia
Aunque ningún tribunal de apelaciones ha dictaminado sobre este asunto, varios tribunales de primera instancia sí lo han hecho. En el Condado de Pasco, un juez no estuvo de acuerdo con la afirmación del Tasador de Propiedades de que una pareja casada automáticamente forma una unidad familiar única con derecho a solo una exención. El juez generalmente siguió el consejo del Fiscal General, encontrando que la pareja no constituía una unidad familiar única porque uno no mantenía el hogar del otro.
En el Condado de Sarasota, un juez consideró el caso de una pareja casada, donde cada cónyuge poseía y vivía en unidades separadas dentro del mismo edificio de condominios. En ese caso, el juez dictaminó que no tenían derecho a exenciones de vivienda separadas, afirmando que la pareja tendría que solicitar la disolución del matrimonio y demostrar claramente el fin de su relación familiar.
De manera similar, en el Condado de Hillsborough, un juez encontró que una pareja no tenía derecho a exenciones de vivienda separadas porque sus finanzas estaban sustancialmente mezcladas, estaban casados y funcionaban como una familia.
Conclusión
Las parejas casadas no pueden recibir exenciones de vivienda duales en propiedades que poseen conjuntamente. Para las propiedades que no son de propiedad conjunta, aún deben superar la limitación constitucional de «una exención de vivienda por unidad familiar.» No existe una autoridad vinculante sobre si y cuándo una pareja casada puede ser tratada como dos unidades familiares separadas elegibles para dos exenciones separadas. El Fiscal General enfatiza la independencia financiera, pero los tribunales también consideran el estado de la relación. En la práctica, algunos Tasadores de Propiedades niegan exenciones duales a todas las parejas casadas, mientras que otros investigan las finanzas y los arreglos de vivienda de la pareja. Las sanciones por recibir incorrectamente una exención adicional son severas, por lo que las parejas que consideren esto deben ser honestas con el Tasador de Propiedades sobre su estado y buscar asesoría legal.
Para obtener asistencia legal personalizada, contacte a Gabriel Jose Carrera al 954-533-7593 o envíe un correo electrónico a [email protected].




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