Navegar por la descarga de obligaciones del tribunal de familia en bancarrota puede ser complejo debido a la interacción entre el Código de Bancarrota de EE.UU. y las leyes estatales. Este artículo proporciona una mirada detallada a las secciones relevantes del Código de Bancarrota y explica cómo los tribunales determinan si estas obligaciones son descargables.
Aunque la ley de bancarrota rige la posibilidad de descartar las deudas, la ausencia de una ley federal de relaciones domésticas significa que las leyes y decisiones judiciales estatales juegan un papel crucial. Curiosamente, tanto los tribunales estatales como los de bancarrota pueden determinar la posibilidad de descartar las obligaciones de las relaciones domésticas, aunque deben aplicar la ley de bancarrota en su análisis.
Resumen del Código de Bancarrota
En cuanto a la deuda matrimonial, dos secciones principales del Código de Bancarrota son clave:
11 U.S.C. §523(a)(5): Excluye de la descarga las deudas derivadas de Obligaciones de Apoyo Doméstico (DSOs, por sus siglas en inglés).
11 U.S.C. §523(a)(15): Excluye de la descarga reclamaciones no-DSO, incluidas las obligaciones relacionadas con la distribución equitativa debidas a un cónyuge, ex cónyuge o hijo.
La Ley de Prevención del Abuso de Bancarrota y Protección al Consumidor de 2005 (BAPCPA) modificó significativamente estas secciones para reducir los litigios sobre asuntos familiares en el tribunal de bancarrota. Sin embargo, las consecuencias no deseadas significan que los tribunales deben revisar a menudo si una obligación es una DSO bajo §523(a)(5) o se encuentra bajo §523(a)(15) caso por caso. Esto se aplica a varios acuerdos, incluidos los acuerdos de paternidad que abordan la manutención de menores y el tiempo compartido.
Obligación de Apoyo Doméstico (DSO) — 11 U.S.C. §523(a)(5)
Una DSO se define por cuatro componentes bajo 11 U.S.C. §101(14A):
La deuda se debe a o es recuperable por un cónyuge, ex cónyuge, hijo o una unidad gubernamental.
Es de la naturaleza de pensión alimenticia, mantenimiento o apoyo.
Se estableció antes, durante o después de la bancarrota a través de varios acuerdos u órdenes judiciales.
No ha sido asignada a una entidad no gubernamental, a menos que sea para fines de cobro de deudas por parte de parientes especificados.
En los Capítulos 7, 11 y 13, las deudas que cumplen estos criterios no son descargables. Si falta algún elemento, la deuda puede no calificar como DSO, como se ve en casos donde las obligaciones a terceros no se consideraron DSOs porque la deuda no era «debida a o recuperable por» el cónyuge o hijo.
Obligaciones No-DSO — 11 U.S.C. §523(a)(15)
Esta sección aborda las obligaciones no-DSO, como la distribución equitativa y las reclamaciones de liquidación de propiedades no cubiertas bajo §523(a)(5). Tanto los tribunales estatales como los de bancarrota pueden determinar la las posibilidad de descargar estas deudas bajo la ley de bancarrota. Aunque parece simple, la interpretación de estas deudas puede variar, llevando a diferentes resultados en casos similares.
Diferentes Descargas y Resultados
El Capítulo 13 tiene dos tipos de descargas: la descarga por pago completo bajo §1328(a) y la descarga por dificultades bajo §1328(b). Esta última, solicitada cuando los pagos no se realizan completamente, no descarga las deudas de relaciones domésticas bajo §523(a)(15).
Interacción Única de 11 U.S.C. §523(a)(15) y la Descarga del Capítulo 13
Una obligación de relaciones domésticas que cumple con §523(a)(15) generalmente es descargable en el Capítulo 13, excepto bajo una descarga por dificultades. Los cónyuges no deudores pueden objetar a los planes del Capítulo 13, potencialmente impidiendo que el deudor obtenga una descarga si el plan no es aprobado.
El Rol del Abogado
Los abogados deben identificar el tipo de obligación doméstica adeudada. Las DSOs no son descargables en los Capítulos 7, 11 y 13, mientras que las obligaciones no-DSO no son descargables en el Capítulo 7 pero generalmente descargables en el Capítulo 13. El momento de las presentaciones de bancarrota en relación con los casos del tribunal de familia es crucial, y una revisión cuidadosa de las órdenes judiciales y acuerdos es necesaria para determinar si la bancarrota es aconsejable y qué capítulo presentar.
Aplicación de la Ley por el Tribunal
La determinación de si una deuda es una DSO depende de la intención de las partes, como se describe en varios casos judiciales como Cummings v. Cummings y In re Benson. Los tribunales consideran factores como el lenguaje de los acuerdos, las posiciones financieras y cómo se tratan las obligaciones para fines fiscales.
Preparándose para la Bancarrota
Los cónyuges que anticipan presentaciones de bancarrota deben asegurarse de que las obligaciones se describan como DSOs en los acuerdos para que no sean descargables. El lenguaje en las órdenes judiciales debe reflejar la intención de proporcionar apoyo para garantizar que las obligaciones se reconozcan como DSOs.
Honorarios de Abogados y Litigios Adversarios
Los litigios para determinar la posibilidad de descarga pueden ser costosos, y los honorarios de los abogados pueden añadirse a la deuda de relaciones domésticas. En Florida, los honorarios pueden basarse en contrato o estatuto, considerando la necesidad y la capacidad de pagar.
Conclusión
Las acciones de descarga en los tribunales de bancarrota o estatales son costosas e inciertas, requiriendo una diligencia debida exhaustiva. Comprender las definiciones en 11 U.S.C. §§523(a)(5) y (a)(15) y aplicarlas a las órdenes judiciales o acuerdos estatales es esencial para determinar la conveniencia de presentar una bancarrota.