PENSION ALIMENTARIA & MODIFICACIONES – SUR FLORIDA

Hay muchos tipos de modificaciones de ley familiar que pueden ser introducidos en corte. Soporte Alimenticio, Pensión, Tiempo compartido, planes parentales y otros acuerdos o ordenes de la corte que Ud sienta que deben ser modificados para coincidan con las demandas de la situación actual. Esto es normalmente llamado proceso post-juicio porque eso solicita cambiar la orden de un juez.

En todos esos tipos de casos, Ud debe presentar a la corte, un cambio razonable de circunstancias. Por ejemplo, para modificar la manutención Ud debe mostrar un cambio de 5% en los cálculos para que el Juez considere modificar el monto que paga. Con las pensiones puede ser más complicado, debo leer los términos de su MSA para determinar si es modificable. Algunos acuerdos especifican que la pensión no es modificable. Todo depende del lenguaje del acuerdo.

La evidencia debe ser presentada de manera que cumpla con los estatutos de Las Reglas de Evidencia de la Florida. Las reglas de evidencia son un poco complicadas para la mayoría de la gente que va ante un juez por cuenta propia. Recuerda que la carga está en Ud de probar su caso aun si Ud no es un abogado.

Yo a menudo cargo algunas horas para realizar una investigación legal, leer su acuerdo, revisar la evidencia disponible para Ud y reportar de vuelta los resultados de mi investigación. De esta manera Ud puede tener una sólida opinión legal si Ud tiene un caso Prima Facie con que avanzar.

Algunos ejemplos de tiempo compartido como base para modificaciones son como los siguientes:

  1. § 61.30(11)(c), Fla. Stat. (2014), provee que donde los padres fallan en ejecutar el tiempo compartido en el plan parental, eso puede servir como base para modificar de manera retroactiva la pensión alimenticia hasta la fecha en donde fallaron en cumplir el tiempo compartido.
  2. § 61.30(11)(b), Fla. Stat. (2014) provee que cuando sea que un plan familiar o acuerdo de tiempo compartido provee que cada niño debe pasar una cantidad de tiempo sustancial con cada padre, la corte debe ajustar cualquier recompensa de soporte alimenticio.
  3. Donde la re-ubicación de un padre resulte en menos tiempo compartido, el padre custodio tiene derecho a un incremento en la pensión de dos niños autistas. Kuttas v. Ritter, 879 So. 2d 3 (Fla. 2d DCA 2004).
  4. Donde un acuerdo otorgaba a ex-esposo el 40% de las noches, pero el ex-esposo no pasó ese tiempo o menos con sus hijos. La solicitud de modificación retroactiva fue negada. Keeley v. Keeley, 899 So. 2d 387 (Fla. 2d DCA 2005).
  5. Un cambio acordado en el tiempo compartido puede no ser las bases para una modificación de la pensión. Rubman v. Honig, 817 So. 2d 1001 (Fla. 4th DCA 2002). The Rubman court specifically stated it “was unseemly, to say the Menos, para el ex-esposo haber convencido a la esposa de incrementar el tiempo compartido sin modificar la pensión, y entonces buscar bajar la pensión basado en el incremento de tiempo compartido. Similarmente, una nuevoa directriz sustancial de pensión no puede ser la base para una reducción de la pensión.

EJEMPLOS DE MODIFICACIÓN DE PENSION:

  1. Permanencia puede encontrarse donde el cambio no es temporal o transitorio y engloba un periodo extendido de tiempo. , ej. Al menos un año. Freeman v. Freeman, 615 So. 2d 225 (Fla. 5th DCA 1993); see also Bennett v. Dept. of Revenue, 664 So. 2d 33 (Fla. 5th DCA 1995) (Encontró propicio negar la reducción de una pensión donde el desempleo era temporal, sin embargo, tenia derecho a una suspeción mientras la situación de desempleo continuara).
  2. Cuando el padre hizo la solicitud solo tres semanas despues de perder su trabajo para reducir la pensión, no era tiempo suficiente para determinar la permanencia de la condición. Burdack v. Burdack, 371 So. 2d 528 (Fla. 2d DCA 1979).
  3. El obligado buscó una reducción en el monto acordado de pensión despues de haber sido despedido del trabajo en una firma legal, aunque el ha establecido su propia práctica legal, aun no se ha vuelto rentable. La corte encontró que los ingresos del obligado habían reducido lo suficiente para aceptar modificar la pensión, sin embargo la corte notó que las circunstancias pueden no ser permanentes. Newnum v. Newnum, 715 So. 2d 306 (Fla. 5th DCA 1998).
  4. Error para reducir permanentemente la pensión donde la perdida de empleo es solo temporal. La corte puede determinar una pensión temporal reducida hasta que el ex-esposo pueda re-establecerse. Pitts v. Pitts, 626 So. 2d 278 (Fla. 1st DCA 1993); Dept. of Revenue v. Heirholzer, 708 So. 2d 682 (Fla. 2d DCA 1998).

Modificaciones es un trabajo particular que toma en consideración el año de la orden de la corte, la ley al momento de la orden, las circunstancias particulares al momento de la orden y el cambio en las circunstancias desde la orden de la corte. Algunas veces no hay forma sencilla de responder y el abogado DEBE revisar todo en su totalidad para determinar las circunstancias del cliente.

Para más información simplemente contáctenos 24/7 al telefono: (954)-533-7593 o a través del email: [email protected]

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– Abogado Gabriel Jose Carrera

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